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Licencias para armas no son salvoconductos

Aunque el artículo 15 de la Ley Federal de Armas y Explosivosbrinda el derecho de poseer estos artículos en casa para la seguridad y defensa legítima de sus moradores, esto no quiere decir que las personas físicas puedan disparar a sus agresores sin ser sentenciadas por la ley. La secretaria de las Mujeres en el estado, Graciela Buchanan, reiteró que justamente esa es la razón por la cual se promovió en el Congreso local que, en el caso de las mujeres, no se les considere exceso de legítima defensa cuando están defendiendo su vida, incluso con un arma.
La funcionaria estatal especificó que la mayoría de los permisos de porte de arma son solicitados por hombres y en una mínima cantidad, por mujeres. Sin embargo, las pocas que pudieran considerar la opción de un porte para su protección, deberán considerar que el riesgo de un arma en casa puede incrementar la posibilidad de agresiones por parte del sexo opuesto. Por su parte, la ex diputada Claudia Caballero, quien fue una de las promotoras de la legítima defensa en Nuevo León en el año 2017 y la ampliación de la reforma en el 2019, dijo que, aunque es un derecho para todos los géneros por igual, los gobiernos deberán apostar más a la salud mental y evitar que una mala decisión provoque la muerte de algún portador de armas.

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